Derecho Administrativo y Derecho Constitucional.

Los funcionarios interinos pueden reclamar 20 días por año si son cesados

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en una sentencia de 14 de septiembre de 2016, declara discriminatoria la ausencia de indemnización por despido de los funcionarios interinos frente a los empleados fijos. La Sentencia reconoce el derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado a los trabajadores indefinidos no fijos de la Administración, cuando vean rescindido su contrato por la cobertura reglamentaria de su plaza. La cláusula 4, apartados 1 o 4, del Acuerdo marco, no permite justificar una diferencia de trato entre trabajadores con contrato de duración determinada y trabajadores fijos por el hecho de que aquélla esté prevista por una norma nacional general y abstracta, como una ley o un convenio colectivo. Los funcionarios interinos cesados tienen derecho a percibir una indemnización de 20 días por año trabajado.

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